EQUIVALENCIA, HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS ACADÉMICOS
A continuación te dejamos la información sobre la equivalencia de títulos académicos a efectos laborales y académicos, asi como el procedimiento a seguir para solicitar la homologación o convalidación de títulos o estudios obtenidos en el extranjero.
Equivalencias de estudios o títulos académicos
Información de la web Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León:
La equivalencia es el reconocimiento de que un título o un conjunto de estudios superados tiene los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro.
Hay que tener en cuenta, que la equivalencia no da derecho al interesado a la obtención del título con el que se establece la equivalencia.
Las equivalencias pueden tener distintos efectos:
-
Equivalencias a efectos académicos: sirven para continuar los estudios en los que se requiera el título o nivel equivalente para cursarlos.
-
Equivalencias a efectos laborales o profesionales: ofrecen la posibilidad de incorporarse a puestos de trabajo a personas adultas que no disponen de los títulos académicos o profesionales requeridos. Se establecen únicamente en relación con los requisitos que se exigen en las convocatorias a puestos de trabajo públicos o privados.
Algunas equivalencias se resuelven automáticamente y otras han de solicitarse al órgano competente con carácter individual.
Homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros.
Información del Ministerio de Educación y Formación Profesional y del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades:
La homologación de títulos, diplomas o estudios extranjeros de educación no universitaria supone la declaración de la equivalencia con los títulos del sistema educativo español vigente.
La convalidación de estudios extranjeros por cursos españoles de educación no universitaria supone la declaración de la equivalencia de aquéllos con estos últimos a efectos de continuar estudios en un centro docente español.